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Beneficio Extraordinario de Desempleo Decreto Legislativo 1417 de 2026

hace 7 minutos
3 min de lectura

¿Qué es?


Es un beneficio económico temporal creado por el Gobierno Nacional para apoyar a los trabajadores cesantes damnificados por el sismo ocurrido el 10 de agosto de 2026.

Está dirigido a trabajadores dependientes e independientes que se encuentren cesantes y hayan resultado damnificados por dicho evento, de conformidad con las condiciones establecidas en el Decreto Legislativo 1417 del 17 de septiembre de 2026. Este beneficio estará habilitado hasta el 31 de diciembre de 2026.


Valor del Subsidio Extraordinario


Este beneficio hace parte del Mecanismo de Protección al Cesante y corresponde a medio salario mínimo legal mensual vigente para el año 2026.


El subsidio será entregado en dos pagos mensuales así:


• Primer pago: $437.726

• Segundo pago: $437.727


Total del beneficio: $875.453


Importante: Este apoyo económico tiene una duración de dos (2) meses y consiste únicamente en una transferencia monetaria. No incluye afiliación al sistema de salud ni aportes al sistema pensional.


¿Quiénes pueden postularse?


Podrán postularse las personas que cumplan los siguientes requisitos:


• Ser mayores de edad.

• Estar registradas en el Registro Único de Damnificados (RUD), administrado por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

• Acreditar mínimo seis (6) meses de aportes válidos a una Caja de Compensación Familiar, continuos o discontinuos, acumulados dentro de los cinco (5) años anteriores al 10 de agosto de 2026.

• Realizar la postulación ante la última Caja de Compensación Familiar donde efectuó sus aportes.

• Encontrarse sin actividad remunerada ni fuente de ingresos al momento de la postulación.

• No ser pensionado.

• Pertenecer a las categorías A o B del Sistema del Subsidio Familiar, según el último aporte válido realizado antes del 10 de agosto de 2026.

• Suministrar información veraz y autorizar las consultas necesarias para verificar el cumplimiento de los requisitos.


Documentos requeridos para la postulación


Para completar la postulación al Subsidio de Protección Económica Extraordinaria (PEE), deberá adjuntar los siguientes documentos:


Documentos obligatorios


• Certificado de inscripción en el Registro Único de Damnificados (RUD).

• Copia legible del documento de identidad.

• Certificación de cesación laboral expedida por el empleador, que contenga:

• Identificación del trabajador.

• Nombres y apellidos completos.

• Fecha exacta de terminación del vínculo laboral.

• Última remuneración devengada.

• Causa de terminación del contrato de trabajo.

• Nota: No aplica para casos de suspensión del contrato laboral.

• Declaración juramentada debidamente diligenciada. Descargue aquí el formato de declaración juramentada: (Insertar enlace)

• Certificación bancaria de Daviplata con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.

Documentos opcionales

• Certificado de afiliación a EPS con vigencia no mayor a treinta (30) días.

• Certificado emitido por la administradora de pensiones con vigencia no mayor a treinta (30) días.

• Certificados de aportes expedidos por otras Cajas de Compensación Familiar, cuando el postulante haya realizado aportes en diferentes entidades.


Información Importante


• Debe cumplir con la condición de pertenecer a las categorías A o B del Sistema del Subsidio Familiar, de acuerdo con su último aporte válido.

• No podrán acceder al beneficio quienes se encuentren recibiendo el Subsidio al Desempleo o quienes estén vinculados a procesos de recobro del Mecanismo de Protección al Cesante.

• La radicación de la postulación no implica la aprobación automática del beneficio.

• Todas las solicitudes estarán sujetas a validación por parte de COMFENALCO Cartagena y a los cruces de información definidos por la normatividad vigente.

• La aprobación dependerá del cumplimiento de todos los requisitos establecidos y de la disponibilidad de recursos asignados por el Gobierno Nacional.


¿Dónde me puedo postular?


Las postulaciones estarán habilitadas desde el 3 de noviembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.

La postulación es gratuita y no requiere intermediarios.







¿Qué sucede después de realizar la postulación?


Una vez completada, la Caja asignará un número único, fecha y hora de radicación que determinarán su posición en el orden cronológico de atención. En un plazo máximo de diez días hábiles, Comfenalco informará si la persona cumple los requisitos para recibir el apoyo económico.


Asignación del beneficio


La asignación del Subsidio de Protección Económica Extraordinaria estará sujeta a:


• La validación y cumplimiento de todos los requisitos normativos.

• La disponibilidad de recursos asignados al programa.

• El orden cronológico de radicación de las postulaciones.


La aprobación definitiva se realizará conforme a los lineamientos establecidos por el Gobierno Nacional y la Superintendencia del Subsidio Familiar.



 
 
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